{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "215" 
  ,"anioNorma" : 2004 
  ,"nombreNorma" : "REGIMEN DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL POLICIAL. ANTIGUEDAD CALIFICADA. SERVICIO DE SEGURIDAD PRESIDENCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2004/07/05/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/06/2004" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/07/2004" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2004 
  ,"pagina" : 1560 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/215-2004?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    VISTO: que el artículo 49 de la Ley Orgánica Policial, en la redacción \r\ndada por el artículo 129 de la ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, \r\nfaculta al Poder Ejecutivo a reglamentar la evaluación de los méritos \r\npara la antigüedad calificada (artículo 50 de la citada Ley Orgánica).\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por el Decreto 218/000 de 1º de agosto de 2000, a \r\nfin de estimular a los funcionarios destinados a las Comisarías \r\nSeccionales, Comisaría de la Mujer y Comisaría de Menores, que cumplen \r\nsustantivamente tareas preventivo-represivas, se les otorga dos puntos\r\npor mes como anotación positiva para la Antigüedad Calificada.\r\n\r\n   II) que por Decreto Nº 018/2004 de 16 de enero de 2004, se amplía el \r\nrégimen de puntuación como anotación positiva implementado por el Decreto \r\nNº 218/000 estableciéndose su aplicación a funcionarios pertenecientes a \r\ntodas las Jefaturas de Policía del país y Direcciones Nacionales que se \r\nencuentren cumpliendo tareas preventivo-represivas.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que se considera conveniente ampliar el citado régimen\r\nal personal que integra el Servicio de Seguridad Presidencial.\r\n\r\n   ATENTO: lo expuesto;\r\n\r\n   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/215-2004/1" 
 ,"textoArticulo" : "    El régimen de puntuación como anotación positiva implementado por el \r\nDecreto 218/000 de 1º de agosto de 2000, se aplicará a los funcionarios \r\npertenecientes al Servicio de Seguridad Presidencial, siempre que los \r\nmismos se encuentren cumpliendo tareas preventivo-represivas (con \r\nexclusión de tareas administrativas y de apoyo), aplicándose asimismo la \r\nsalvedad prevista en el artículo 4º del citado Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/215-2004/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - DANIEL BORRELLI\r\n\r\n\r\n " 
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