APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2018




Promulgación: 16/07/2018
Publicación: 01/08/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 53

   Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer un régimen especial de contratación de los servicios médico-asistenciales y de diagnóstico y tratamiento, necesarios para el funcionamiento del Presupuesto de Prestaciones y Transferencias, Subprograma 2.03 Prestaciones de la Salud. Dicho régimen deberá contemplar los términos del artículo 37 y demás disposiciones concordantes del T.O.C.A.F., en particular, en cuanto requiere el dictamen previo y favorable del Tribunal de Cuentas.

   El Banco de Previsión Social reglamentará el procedimiento de contratación de precios y demás condiciones técnicas requeridas para la adecuada prestación de los servicios, debiéndose observar los principios de publicidad e igualdad de los interesados. Dicho procedimiento se ajustará en todos los casos, a lo dispuesto por los artículos 211 y siguientes de la Constitución de la República.
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