CREACION DEL BATALLON DE POLICIA MILITAR DEL EJERCITO. FUNCIONES. MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL ESTADO MAYOR DEL EJERCITO (R.O.F. 15.1)
Apruébanse las funciones del Batallón de Policía Militar del Ejército,
las cuales serán las siguientes:
1. Ejercer la supervisión desde el punto de vista técnico, de todas las
actividades del Sistema de Policía Militar del Ejército.-
2. Llevar los registros y documentación de actividades que emanen de su
misión, particularmente las referidas a accidentes de vehículos militares
en lo referente a delimitación de responsabilidad.-
3. Fiscalizar el acatamiento y cumplimiento de las Leyes, Decretos,
Reglamentos y Ordenes militares en vigencia.-
4. Implementar, disponer y fiscalizar el cumplimiento de las Ordenanzas
de Tránsito vigentes.-
5. Establecer coordinaciones con la Policía Militar de las otras
Fuerzas.-
6. Efectuar la concentración y custodia de todo el personal militar
sancionado que se determine.-
7. Proporcionar la seguridad física de las instalaciones militares que se
disponga, realizando el control de ingreso y desplazamiento interior de
las personas autorizadas.-
8. Apoyar las operaciones del Ejército, coordinando para ello el empleo
de medios propios y del Sistema de Policía Militar del Ejército.-