{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "212" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LA POLITICA NUCLEAR DE LA REPUBLICA - CIENCIA - TECNOLOGIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/05/13/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/04/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/05/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 666 
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  ,"vistos" : "    Visto: la propuesta formulada por el Ministerio de Industria y Energía,\r\ncon la finalidad de que se establezcan los principios orientadores de una\r\nPolítica Nuclear Nacional.\r\n\r\n   Considerando: que superiores objetivos requieren, como una necesidad\r\nimpostergable, la formulación de una Política Nuclear de la República que\r\nguíe en forma rápida y ordenada, el desarrollo tecnológico en la materia y\r\npermite su aprovechamiento mediante una adecuada planificación.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/212-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la \"Política Nuclear de la República Oriental del Uruguay\"\r\nsiguiente.\r\n\r\n                             POLITICA NUCLEAR\r\n\r\nA) OBJETIVO NUCLEAR\r\n\r\n   Incorporar la ciencia y la tecnología nucleares a las actividades\r\ncientíficas, técnicas e industriales para contribuir, mediante su\r\naplicación, a alcanzar los objetivos nacionales de desarrollo económico y\r\nsocial.\r\n\r\n                    Pautas para alcanzar este objetivo\r\n\r\na) Subordinar el desarrollo y la aplicación de las técnicas nucleares al\r\ninterés general, adecuando las inversiones a las necesidades reales aunque\r\nsin perder de vista la debida proyección hacia el futuro;\r\nb) Asegurar y promover una creciente participación nacional, tanto en\r\ningeniería y administración de proyectos como en la asimilación de\r\ntecnología por parte de profesionales y de la industria.\r\nc) En la medida en que una aplicación tecnológica se desarrolle y que su\r\ndemanda la convierta en industrialmente factible, la actividad nuclear se\r\ndeberá liberar al esfuerzo privado sin perjuicio del derecho, por parte\r\ndel Estado de la supervisión de los procedimientos que aseguren la salud,\r\nla seguridad y los intereses generales de la comunidad;\r\nd) Dinamizar la participación del Uruguay en los organismos mundiales,\r\nregionales o binacionales que promuevan y faciliten tanto la creación como\r\nla transferencia de tecnología necesaria para los países en desarrollo;\r\ne) Observar el fiel cumplimiento de los compromisos contraídos en materia\r\nde protección radiológica y seguridad nuclear e incorporar y adaptar las\r\nnecesidades del país, a las técnicas y adelantos que surjan en la materia.\r\n\r\nB) OBJETIVOS PARTICULARES.\r\n\r\n   Los objetivos fijados para el corto y mediano plazo atento a que pueden\r\nse logrados en la situación actual del desarrollo nacional, son los\r\nsiguientes:\r\n\r\na) En las áreas de investigación y tecnología:\r\n\r\nFormular y ejecutar programas específicos especialmente en los campos de\r\nreactores y de búsqueda de recursos minerales radioactivos;\r\n\r\nb) En el área industrial:\r\n\r\nFormular y ejecutar programas de producción de radioisótopos, de\r\naplicación de los mismos y de irradiación en altas dosis, en los campos de\r\nla agroindustria, veterinaria, industrias manufactureras, hidrología,\r\netc.;\r\n\r\nc) En el área de la salud:\r\n\r\nFormular y ejecutar programas de aplicación de radioisótopos y radiaciones\r\nen medicina, estableciendo además una organización que permita la\r\nutilización de las técnicas nucleares en condiciones de seguridad para la\r\npoblación;\r\n\r\nd) En el área normativa:\r\n\r\nProponer el establecimiento de un sistema jurídico que regule la actividad\r\nnuclear en las diversas áreas de su aplicación.\r\n\r\n                   Pautas para alcanzar estos objetivos\r\n\r\na) Asegurar mediante el establecimiento de un programa de capacitación de\r\npersonal, la formación de los profesionales y técnicos que sean\r\nnecesarios;\r\nb) Reestructurar y fortalecer los organismos básicos responsables de la\r\nformulación y ejecución de los programas nucleares;\r\nc) Fomentar la investigación científica y tecnológica nuclear en los\r\ncampos que interese al desarrollo nacional;\r\nd) Desarrollar una amplia labor de divulgación de la ciencia y las\r\ntécnicas nucleares;\r\ne) Facilitar la participación e integración del sector privado en el\r\ncumplimiento de los programas nucleares nacionales;\r\nf) Promover la cooperación regional e internacional en el campo nuclear y\r\nla adopción de normas técnicas y reglamentarias coherentes, que faciliten\r\nla ejecución de proyectos nucleares binacionales o regionales así como el\r\nintercambio de tecnología.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/212-1980/1?verreferencias=articulo" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/212-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - JUAN C. CASSOU - FERNANDO BAYARDO BENGOA\r\n " 
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