REGULACION DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA REFERIDA AL TRANSPORTE DE VALORES




Promulgación: 14/07/2010
Publicación: 27/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 183
Referencias a toda la norma

DE LAS HABILITACIONES Y EXIGENCIAS PARA LOS VEHICULOS BLINDADOS

Artículo 9

 Las Empresas de Seguridad y los demás Operadores de la Seguridad Privada
que posean vehículos blindados, solicitarán al RENAEMSE su habilitación.
Mientras ésta no se expida, los referidos vehículos no podrán realizar
bajo ningún concepto transporte de valores.
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