REGULACION DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA REFERIDA AL TRANSPORTE DE VALORES




Promulgación: 14/07/2010
Publicación: 27/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 183
Referencias a toda la norma

DE LOS CONTRATANTES DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE VALORES

Artículo 6

 Las personas físicas y/o jurídicas públicas y privadas, que para el
traslado de sus valores, requieran la contratación de servicios de
transporte de valores, deberán realizarlo con empresas de seguridad
habilitadas para tal actividad por el Ministerio del Interior.

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