REGULACION DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA REFERIDA AL TRANSPORTE DE VALORES




Promulgación: 14/07/2010
Publicación: 27/07/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 183
Referencias a toda la norma

DE LAS MEDIDAS A ADOPTAR EN EL TRANSPORTE DE VALORES

Artículo 15

 Las operaciones de traslado de valores efectuadas por las empresas de
seguridad habilitadas y los demás Operadores de la Seguridad Privada que
posean vehículo blindado, deben realizarse adoptando las medidas
complementarias de seguridad dispuestas en los artículos que a
continuación se indican.
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