{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "211" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "PROCEDIMIENTO PARA LA SELECCION DE FUNCIONARIOS Y PROVISION DE CARGOS. NUEVA ESTRUCTURA ORGANICO FUNCIONAL. BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/04/23/16" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/04/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/04/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 833 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/211-2008?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: el proceso de reestructura del Banco Hipotecario del Uruguay y la\r\ncreación de la Agencia Nacional de Vivienda, por aplicación de la Ley Nº\r\n18.125 de 27 de abril de 2007;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el Poder Ejecutivo y el Directorio del Banco\r\nHipotecario del Uruguay resolvieron a fines del año 2005 la creación de\r\nuna Comisión de Reestructura integrada por representantes del Ministerio\r\nde Economía y Finanzas, Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y\r\nMedio Ambiente y del propio Banco;\r\n\r\nII) que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.125, el funcionariado\r\nde la Agencia Nacional de Vivienda se compondrá de los funcionarios\r\nprovenientes de la reestructura del Banco Hipotecario del Uruguay, a cuyos\r\nefectos la Agencia incorporará a todos los funcionarios de dicha\r\nInstitución que se desvinculen del mismo en virtud de su proceso de\r\nreestructura;\r\n\r\nIII) que por Resolución el Poder Ejecutivo de fecha 27 de agosto de 2007\r\nse autorizó a los Directores del Banco Hipotecario del Uruguay y de la\r\nAgencia Nacional de Vivienda a requerir el asesoramiento de la Oficina\r\nNacional del Servicio Civil en lo atinente al proceso de asignación de\r\nrecursos humanos de ambas instituciones, cometiéndoles además la\r\ncoordinación de la implementación de los procesos de selección de su\r\npersonal respectivo, a efectos de que el proceso se realice en forma\r\nsimultánea, sea garantía de transparencia y objetividad y redunde en la\r\neficiencia futura de ambos Organismos;\r\n\r\nCONSIDERANDO: que la etapa actual del proceso de reestructura del Banco\r\nHipotecario del Uruguay y la constitución de la Agencia Nacional de\r\nVivienda, requiere la inmediata puesta en práctica de los procesos\r\ntendientes a la selección de funcionarios que han de incorporarse a sus\r\nnuevas estructuras conforme a criterios objetivos;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4º\r\ndel artículo 168 de la Constitución de la República y la ley referida en\r\nel Visto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/211-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Los Directorios del Banco Hipotecario del Uruguay y de la Agencia\r\nNacional de Vivienda, dotarán sus nuevas estructuras orgánico-funcionales\r\nutilizando, según corresponda, la asignación de funciones o subrogación y\r\nla asignación de tareas hasta la provisión definitiva de los cargos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/211-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La selección de los funcionarios que permanecerán en el Banco Hipotecario\r\ndel Uruguay, así como, la selección de quienes revistarán en la Agencia\r\nNacional de Vivienda de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 27 de la\r\nLey Nº 18.125, se realizará conforme a los siguientes criterios objetivos:\r\nlas tareas que efectivamente han desempeñado los funcionarios, así como su\r\nformación y experiencia laboral en relación a las actividades definidas\r\npara los puestos de cada estructura.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/211-2008/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La correspondencia entre los cargos de la anterior estructura\r\nescalafonaria del Banco Hipotecario del Uruguay y las nuevas \r\nestructuras de éste y de la Agencia Nacional de Vivienda surgen de los Anexos I y II<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> adjuntos que forman parte del presente Decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2008/04/23/16\" target=\"_blank\">Nº 211/008</a> de \r\n14/04/2008.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/211-2008/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/211-2008/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Los cargos de la nueva estructura del Banco Hipotecario del Uruguay, \r\nque resulten equivalentes a cargos de su anterior estructura según \r\nAnexo I<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" \r\nBORDER=0> adjunto, podrán ser provistos en forma definitiva con funcionarios que ya tengan el cargo correspondiente. " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2008/04/23/16\" target=\"_blank\">Nº 211/008</a> de \r\n14/04/2008.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/211-2008/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Publíquese, etc.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - CARLOS COLACCE - DANILO ASTORI " 
 }