REGISTRO DE HOTELES, HOSTERIAS, MOTELES, APART HOTELES Y AFINES




Promulgación: 06/06/2001
Publicación: 11/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1561

Artículo 3

 El plazo para ampararse a la exoneración del pago de las sumas 
adeudadas, por concepto de multas acumuladas a los titulares de 
establecimientos hoteleros no reinscriptos en el Registro de Hoteles a 
cargo del Ministerio de Turismo, dispuesta por el artículo 235º de la Ley 
Nº 17.296 será hasta el 31 de octubre de 2001.
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