EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO. GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 33 DEPOSITOS Y ALMACENAJE DE MERCADERIAS DE TERCEROS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Las categorías previstas en el artículo primero no deberán ser obligatoriamente cubiertas en su totalidad por las empresas del Sector, estándose a lo que sus necesidades y las tareas del personal ocupado determine.