{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "21" 
  ,"anioNorma" : 1983 
  ,"nombreNorma" : "EMPLEADOS PRIVADOS - PLANILLA DE CONTRALOR DE TRABAJO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/02/07/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/01/1983" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/02/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1983 
  ,"pagina" : 52 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 108/007 <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\"> de 22/03/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/108-2007/52\" >52</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "    Visto: lo dispuesto por el decreto 392/980, de 18 de junio de 1980.\r\n\r\n   Resultando: I) Que por el mismo se unificaron en un mismo cuerpo\r\nnormativo todas las disposiciones que referían a la documentación de\r\ncontrol del trabajo;\r\n\r\n   II) Que el tiempo transcurrido demostró la utilidad de dichas normas en\r\nel campo de la administración del trabajo,\r\n\r\n   III) Que, ello no obstante, es procedente realizar algunos ajustes en\r\nel texto de acuerdo a la experiencia obtenida desde su vigencia.\r\n\r\n   Considerando: I) Que al haberse redactado dicho decreto como \"código\r\nabierto\" , las modificaciones a introducirse no alterarán el contexto;\r\n\r\n   II) Que corresponde:\r\n   a) Establecer un sistema de centralización de la Planilla de Control\r\ndel Trabajo para los establecimientos con alto número de sucursales, que\r\nfacilite la implementación administrativa del sistema de control;\r\n   b) Eximir a los establecimientos sin trabajadores dependientes de\r\nmunirse del Libro de Horarios Especiales y del Libro de Accidentes de\r\nTrabajo;\r\n   c) Precisar en el tiempo el momento en que deben hacerse las\r\nregistraciones en el Libro de Horarios Especiales;\r\n   d) Establecer el plazo dentro del cuál deberá procederse a registrar\r\nlas Planillas complementarias de Control del Trabajo, cuando se hubieran\r\nagotado sus renglones;\r\n   e) Sustituir la Planilla de Turnos por su registración en el Libro de\r\nHorarios Especiales;\r\n   f) Disponer la forma de hacer efectiva la obligatoriedad de comunicar a\r\nla Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social la clausura de\r\nlos establecimientos;\r\n   g) Prorrogar en el tiempo la vigencia de las Planillas de Control del\r\nTrabajo de los establecimientos que no ocupen trabajadores dependientes;\r\n   h) Instrumentar medidas que propendan al registro de los contratos de\r\ntrabajo de viajantes y vendedores de plaza.\r\n\r\n   Atento: a lo precedentemente expuesto,\r\n\r\n   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 21/983 de 20/01/1983 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/21-1983/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/21-1983/2" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 21/983 de 20/01/1983 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/21-1983/2\" >2</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 21/983 de 20/01/1983 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/21-1983/3\" >3</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 21/983 de 20/01/1983 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/21-1983/4\" >4</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/21-1983/5" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 21/983 de 20/01/1983 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/21-1983/5\" >5</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/21-1983/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - CARLOS A. MAESO - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES - JUAN A. CHIARINO ROSSI - LUIS A. CRISCI - LUIS A. GIVOGRE -\r\nCARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA\r\n " 
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