AUTORIZACION AL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS LA UTILIZACION DE RECURSOS DEL FONDO DE FOMENTO DE LA MARINA MERCANTE




Promulgación: 12/01/1977
Publicación: 24/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 83

Artículo 2

   La utilización transitoria de fondos que se autoriza, se concretará por
intermedio y con la intervención de la Comisión Honoraria Administradora
del Fondo de la Marina Mercante, con carácter de oportuno reintegro y
siempre que no provoque perjuicios o entorpecimientos al cumplimiento de
su destino legal.
Ayuda