Visto: la adhesión de la República al Convenio Internacional para
la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, su Protocolo y Enmiendas
(SOLAS 74), aprobado por decreto ley 14.879 del 23 de abril de 1979, y
sus consecuencias a nivel nacional, que aparejará la implantación del
futuro Servicio Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM), que
tendrá vigencia a partir del 1º de febrero de 1992 en sus efectos
operativos.
Resultando: I) Que la adopción del mismo acrecentará notablemente la
Seguridad de la Vida Humana en el Mar dentro de las aguas jurisdiccionales
de la República;
II) Que su desarrollo significará incorporar un nuevo Sistema de
alcance mundial que mejorará las radiocomunicaciones y los procedimientos
de Socorro y Seguridad relacionados en su capacidad con una
infraestructura, coordinada de Búsqueda y Rescate en el Mar.
Considerando: I) La necesidad de establecer acciones conducentes a
coordinar con la Organización Marítima Internacional (OMI) y con otros
Gobiernos miembros, aspectos operacionales que prevengan interferencias
mutuas a causa del número de estaciones con que se procurará dotar el
sistema a nivel local y regional;
II) Que la tarea de estudiar las implicancias de la introducción del
referido sistema en el ámbito nacional, debería considerarse con el
criterio de su inclusión complementaria en una organización de similar
cometido en el ámbito marítimo;
III) Que la Armada Nacional ejecuta a través de sus medios operativos
y de apoyo, la coordinación y dirección de los Sistemas de Búsqueda y
Rescate en el Mar, mediante una estructura orgánica específica y
manteniendo para tal fin un servicio de carácter permanente para acudir
en auxilio de la vida humana en peligro en el mar.
Atento: a los fundamentos expuestos y al informe favorable de la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Asígnase al Comando General de la Armada la dirección y control de las
Operaciones de Búsqueda y Rescate en el Mar en conjunto con el desarrollo
e implantación del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos
(SMSSM), así como las acciones conducentes de Coordinación con Organismos
Nacionales, Internacionales y de Países Vecinos que haga efectiva la
integración de la República a dicho Sistema.