FIJACION DE TARIFAS DE PEAJES. AGOSTO 2015. DEROGACION DEL ART. 1° DEL DECRETO 102/015




Promulgación: 31/07/2015
Publicación: 11/08/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas para actualizar la tarifas de peaje que se cobran en los puestos de recaudación ubicados en las Rutas Nacionales.

   RESULTANDO: que las actuales tarifas de peaje cobraron vigencia el 1° de abril de 2015, según Decreto N° 102/015 de fecha 26 de marzo de 2015.

   CONSIDERANDO: I) Que procede fijar las referidas tarifas conforme a los valores establecidos en el informe de la Dirección Nacional de Vialidad.

   II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha tomado la intervención que le compete.

   ATENTO: a lo establecido en el artículo 218 de la Ley N° 13.637 de 21 de diciembre de 1967, el artículo 3° literal c) del Decreto-Ley N° 15.637 de 28 de setiembre de 1984, en el "Reglamento de Cobro de las Tarifas de Peaje para su aplicación en Rutas Nacionales", aprobado por el Decreto N° 229/013 de 7 de agosto de 2013, en la redacción dada por el Decreto N° 367/013 de 18 de noviembre de 2013, y en el inciso final del artículo 471 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 315/015 de 30/11/2015 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 208/015 de 31/07/2015 artículo 1.

Artículo 2

   Derogase el artículo 1° del Decreto N° 102/015 de 26 de marzo de 2015.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para su aplicación y control.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI - DANILO ASTORI
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