FIJACION DEL MONTO MAXIMO DE LOS BENEFICIOS FISCALES A IMPUTAR COMO PAGO A CUENTA DEL IRAE E IMPUESTO AL PATRIMONIO




Promulgación: 24/07/2014
Publicación: 31/07/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 87

Artículo 2

 Elévese a $ 16.650.000 (dieciséis millones seiscientos cincuenta mil
pesos uruguayos) para el semestre comprendido entre el 1° de julio de 2013
y el 31 de diciembre de 2013, el límite de los beneficios e incentivos
fiscales establecidos por el artículo 1° del Decreto N° 48/014 de 25 de
febrero de 2014.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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