APROBACION DE COMETIDOS DEL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 04/05/2009
Publicación: 14/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1059
Referencias a toda la norma

Procedimiento en caso de incumplimiento

Artículo 60

 Tratándose de incumplimientos contractuales comunicados por el organismo
correspondiente, se aplicará la depreciación relacionada en el artículo
25, se hará pública la información en la web y se consignará la misma en
los certificados que se expidan.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
Ayuda