APROBACION DE COMETIDOS DEL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 04/05/2009
Publicación: 14/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1059
Referencias a toda la norma

De la modificación de la estructura jurídica

Artículo 58

 En caso de escisión de una sociedad personal que se transforme en una o
más empresas del mismo tipo que involucren a los mismos titulares, éstos
podrán calificarse con un valor base resultante de distribuir hasta el
100% (cien por ciento) de la facturación original según lo pactado en el
compromiso de escisión previsto por el artículo 136 de la ley 16.060,
previa autorización del Registro.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
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