APROBACION DE COMETIDOS DEL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 04/05/2009
Publicación: 14/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1059
Referencias a toda la norma

Requisitos de expedición

Artículo 44

 Para la obtención de certificados la empresa deberá: estar inscripta y en
caso de cuantificar, contar con calificación vigente; no tener suspendida
la expedición de certificados; actualizar - mediante declaración jurada -
la información sobre obras ejecutadas y pendientes de ejecución en un año
y encontrarse al día con la presentación del resto de la información que
se establece en el presente reglamento.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
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