APROBACION DE COMETIDOS DEL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 04/05/2009
Publicación: 14/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1059
Referencias a toda la norma

Calificación de empresas del exterior (financiamiento externo)

Artículo 34

 Las empresas extranjeras interesadas en ofertar en tales procedimientos,
deberán solicitar con 10 (diez) días de anticipación a la fecha de
apertura de la licitación de que se trate, su inscripción y la expedición
del certificado para ofertar. Deberán presentar, además del contrato
social y sus modificaciones, título profesional del representante técnico,
expedido o revalidado por la autoridad universitaria correspondiente, el
que deberá ser acorde con la especialidad objeto del llamado, y resolución
de sus autoridades, en la que conste:
1) autorización para participar en la licitación;
2) constitución de domicilio especial en la República;
3) nombramiento de representantes técnico y legal con poderes suficientes;
4) declaración de obligarse a constituir una sucursal u otro modo de
representación permanente, para el caso de resultar adjudicataria.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
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