APROBACION DE COMETIDOS DEL REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 04/05/2009
Publicación: 14/05/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1059
Referencias a toda la norma

Calificación de empresas del exterior (financiamiento nacional)

Artículo 32

 Para la expedición de los certificados de adjudicación y/o contrato la
empresa deberá constituir una sucursal en la República u otra forma de
representación permanente. Además del cumplimiento de los requisitos
establecidos en la legislación nacional, deberá acreditar su inscripción
en el Banco de Previsión Social y en la Dirección General Impositiva y
cumplir con los que el Registro entienda aplicar respecto de la forma
adoptada, de modo de brindar las máximas garantías a la Administración
contratante.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
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