De la Organización del Registro
El Registro estará a cargo de una Dirección, la que aprobará la inscripción y calificación de las empresas, previo dictamen de la Comisión Asesora Técnica. Por razones fundadas la Dirección podrá apartarse de dicho asesoramiento.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).