{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "208" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "TARIFAS PUBLICAS - TRANSPORTE AEREO - AGRICULTURA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1990/06/26/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/05/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/06/1990" 
  ,"vistos" : "     Visto: la gestión formulada por la Dirección General de Servicios Agronómicos del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca;\r\n\r\n     Resultando: I)por decreto de fecha 23 de enero de 1990 se fijaron las tarifas por las prestaciones de los servicios aéreos en pulverización , fertilización, siembra y transporte que realice la Dirección del Servicio Aéreo del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca; \r\n\r\n     II) En la gestión de referencia la Dirección Servicio Aéreo expresa que padeció error al proponer las tarifas para aplicaciones aéreas de semillas de 26 a 50 quilos por hectárea (Apartado B art. 1), que debe decir N$ 7.875,00 en lugar de N$ 6.850.00y las correspondientes aplicaciones aéreas de herbicidas y fungicidas aplicados como líquidos de 61 a 70 litros por hectárea, que debe decir N$ 5.875.00 en lugar de N$ 3.785.00;\r\n\r\n     III) La Dirección General de Servicios Agronómicos al elevar las actuaciones aconseja se modifique el decreto de 23 de enero de 1990, en lo pertinente.\r\n\r\n     Considerando: conveniente, por lo expuesto, proveer en forma en la forma solicitada por la Dirección General de Servicios Agronómicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.\r\n\r\n     Atento: a lo preceptuado por la Ley de Contabilidad y  Administración  Financiera (Capítulo IX de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987).\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n\r\n \r\n                             DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/208-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : " (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 24/990 <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\"> de 23/01/1990 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/24-1990/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/208-1990/2" 
 ,"textoArticulo" : "      Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS - ENRIQUE BRAGA SILVA " 
 }