EXONERACION DE IMPUESTOS. AVENA EN GRANO. PRORROGA




Promulgación: 14/03/1968
Publicación: 19/03/1968

Resumen:

Prorrógase hasta la fecha que se determina la vigencia de las
exoneraciones tributarias dispuestas por Decreto Nº 108/968 de fecha 8
de febrero de 1968, para la importación de avena en grano con destino a
productores, agremiaciones rurales en actividad y Organismos Oficiales,
previa presentación de la certificación que justifique la necesidad del
insumo referido.

Artículo 2

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
      Decreto Nº 197/970 de 30/04/1970 artículo 1,
      Decreto Nº 336/968 de 30/05/1968 artículo 1.


		
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