Visto: la gestión iniciada por la Dirección Nacional de Correos a los
efectos de que las dependencias estatales recurran a sus servicios en la
distribución de la correspondencia oficial.
Considerando: pertinente disponer tal medida para la Administración
Central así como exhortar a los Entes Descentralizados y a las
Administraciones Municipales a que la adopten para sus dependencias.
Atento: a lo expresado,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Todas las dependencias de la Administración Central deberán utilizar los
servicios de la Dirección Nacional de Correos para la distribución de la
correspondencia oficial, salvo casos excepcionales debidamente
justificados.
ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - ESTANISLAO VALDES OTERO - VALENTIN ARISMENDI - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - RAMON N. MALVASIO - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA