EXTENSION DEL SISTEMA DE DOCUMENTACION DE OPERACIONES POR MEDIO DE COMPROBANTES FISCALES ELECTRONICOS (CFE) A LOS CONTRIBUYENTES DE MENOR CAPACIDAD ECONOMICA




Promulgación: 22/07/2019
Publicación: 30/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: el Decreto N° 324/011 de 14 de setiembre de 2011.

   RESULTANDO: que la referida norma declara promovida, al amparo del inciso segundo del artículo 11° de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad de desarrollo e implementación del sistema de documentación de operaciones por medio de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE).

   CONSIDERANDO: que es conveniente continuar implementando el régimen de documentación de operaciones mediante comprobantes electrónicos, facilitando la incorporación de dicha tecnología a los contribuyentes de menor capacidad económica, a efectos de propender a la generalización del mismo.

   ATENTO: a lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Beneficiarios.- Podrán ampararse al beneficio que se dispone en el presente Decreto, los contribuyentes que inicien actividades, los comprendidos en el literal E) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, y aquellos cuyos ingresos en el ejercicio anterior al que correspondan los servicios prestados a que refiere el artículo 3° no hayan superado el equivalente a UI 750.000 (setecientas cincuenta mil unidades indexadas).
   En caso de que el ejercicio económico anterior sea menor a 12 (doce) meses, los ingresos deberán proporcionarse a dicho período. (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) agregado/s por: Decreto Nº 219/021 de 09/07/2021 artículo 1.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
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