{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "206" 
  ,"anioNorma" : 2016 
  ,"nombreNorma" : "UNIFICACION DE CRITERIOS EN MATERIA DE GASTOS DE MISIONES OFICIALES EN EL AMBITO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2016/07/14/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/07/2016" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/07/2016" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la necesidad de unificar criterios en materia de gastos por concepto de pasajes en las misiones oficiales realizadas en el ámbito de la Administración Central;\r\n\r\n   RESULTANDO: que se han verificado diferencias sustanciales en materia de precios de pasajes aéreos en las contrataciones para misiones oficiales;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que se estima conveniente fijar criterios en la materia;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Decreto 148/992 de 3 de abril de 1992;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/206-2016/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Las solicitudes de cotización de pasajes aéreos para misiones oficiales a los correspondientes proveedores por parte de los diferentes organismos de la Administración Central deberán consignar una cláusula requiriendo el mantenimiento de precio de los referidos pasajes por un plazo no menor a 30 días calendario.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/206-2016/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - CAROLINA COSSE - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI\r\n " 
 }