Visto: el régimen en materia de estímulo a las exportaciones. Considerando: que es conveniente adecuar el mismo a las condiciones creadas por la variación de las normas internacionales en la materia, El Presidente de la República DECRETA:
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 21/979 de 10/01/1979 artículo 3.
Deróganse a partir del 1º de enero de 1980 los impuestos establecidos por decreto 98/979, de 16 de febrero de 1979, y sus modificativos.
Comuníquese, publíquese, etc
MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER