REGULACION DE COMERCIALIZACION DE SEMILLAS DE TRIGO DE LA ZAFRA 1977-1978




Promulgación: 12/04/1978
Publicación: 21/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 601

Artículo 4

  El precio de compra, tendrá las siguientes deducciones:

 0,3% (tres décimas por ciento) para el Fondo de Lucha contra las Plagas
Agrícolas.

 2.5% (dos y medio por ciento) para gastos de administración.

 En el caso de la categoría "Hija de Certificada", estas deducciones se
calcularán sobre el precio de compra, ajustado por la bonificación
establecida por el artículo 7º del decreto 342/977, de 15 de junio de
1977.
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