FIJACION DE TASAS POR CONTRIBUCIONES PATRONALES ESPECIALES A LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 12/06/1997
Publicación: 26/06/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1556
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.713 de 03/09/1995 artículo 39.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   (Distribución de la contribución especial).- La contribución especial
correspondiente a las asignaciones computables comprendidas en el régimen
de jubilación por ahorro individual obligatorio, incluídas las que
resulten de la aplicación del artículo 8º de la ley que se reglamenta,
deberá verterse en la cuenta de ahorro individual jubilatorio del
trabajador.   
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