MODIFICACION DE DISPOSICIONES RELATIVAS AL TRANSPORTE, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE COMBUSTIBLE LIQUIDO




Promulgación: 13/05/1981
Publicación: 22/05/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 799
  Visto: el decreto 108/977, del 23 de febrero de 1977 por el cual se
fijan normas para el transporte, distribución y comercialización de
combustibles líquidos.

  Resultando: I) La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland propone ciertas modificaciones al citado decreto en razón de
rectificar ciertos términos y reformar algunos procedimientos para su
mejor aplicación;

II) La Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía no tiene
observaciones que formular al respecto.

  Considerando: que es conveniente dictar un nuevo texto con los ajustes y
modificaciones propuestas, sustitutivo del vigente.

  Atento: a lo informado por la Administración Nacional de Combustibles,
Alcohol y Portland y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria y Energía,

                    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   El proceso de transporte, distribución y comercialización de
combustibles líquidos, estará sometido a las normas que se establecen en
los artículos siguientes.

MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - VALENTIN ARISMENDI - EDUARDO J.
SAMPSON
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