REGLAMENTACION DE LA LEY 18.471, REFERENTE A LA PROTECCION, BIENESTAR Y TENENCIA DE ANIMALES. DEROGACION DEL DECRETO 62/014




Promulgación: 31/07/2017
Publicación: 08/08/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.471 de 27/03/2009.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO VIII - DE LAS SANCIONES

Artículo 41

   En caso de incumplimiento de la sanción aplicada, la COTRYBA podrá realizar todas las gestiones administrativas y judiciales, por sí o por medio de terceros mediante convenios, para procurar su cumplimiento. Entre otras, a título meramente enunciativo, podrá:
a. informar a registros de información crediticia,
b. celebrar acuerdos con otros organismos públicos,
c. promover las gestiones y acciones extrajudiciales y judiciales a que
   por derecho hubiere lugar,
d. celebrar convenios con abogados particulares a los efectos del cobro
   de las multas.
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