REGLAMENTACION DE LA LEY 18.471, REFERENTE A LA PROTECCION, BIENESTAR Y TENENCIA DE ANIMALES. DEROGACION DEL DECRETO 62/014




Promulgación: 31/07/2017
Publicación: 08/08/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.471 de 27/03/2009.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO V - DEL DILIGENCIAMIENTO DE DENUNCIAS, LAS INFRACCIONES Y LAS SANCIONES

Artículo 30

   Las infracciones para cualquiera de las normas vulneradas, se sub categorizarán, según su gravedad, en leves, graves y gravísimas, con excepción de las normas de abandono que se subdividirán en graves o gravísimas.
   La división según la gravedad de las infracciones se determinará en base a:
a. la intencionalidad del agente o el tipo de omisión
b. la intención de lucro del agente o terceros
c. la acumulación de infracciones
d. otros criterios a ser determinados por la COTRYBA.
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