AJUSTE OPCIONAL POR INFLACION PARA LA LIQUIDACION DEL IRIC Y DEL IRA




Promulgación: 14/04/2008
Publicación: 22/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 819
VISTO: la Ley Nº 18.261 de 14 de marzo de 2008.

CONSIDERANDO: conveniente ejercer la facultad antedicha.

RESULTANDO: que el artículo 2° de la citada norma otorga facultades al
Poder Ejecutivo en manteria de ajuste fiscal por inflación.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 La realización del ajuste por inflación para la liquidación de los
impuestos a las Rentas de la Industria y Comercio, y a las Rentas
Agropecuarias, para los ejercicios cerrados entre el 30 de junio de 2007 y
el 31 de mayo de 2008, será opcional.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI 
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