APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ANP. EJERCICIO 2003




Promulgación: 29/06/2006
Publicación: 05/07/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1264
Ver vigencia: Decreto Nº 294/006 de 28/08/2006 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 Ningún funcionario de la Administración Nacional de Puertos con nivel
inferior al de Jefe de Departamento podrá percibir mensualmente una
retribución que, por todo concepto, supere el 90% del precio
correspondiente al cargo de Jefe de Departamento respectivo,
correspondiente a su renglón, a excepción de la remuneración prevista en
el artículo 15o. del presente Decreto.
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