FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. JUNIO 1996




Promulgación: 29/05/1996
Publicación: 13/06/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   El incumplimiento de lo precedentemente establecido determinará la
imposibilidad de modificar los valores vigentes en el transcurso del  mes
inmediato siguiente, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones
previstas por la  Ley Nº 10.940 de 19 de setiembre de  1947 y sus
modificativas.
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