{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "204" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "PERMANENCIA DEL REGIMEN DE ADMISION TEMPORARIA DE CUEROS OVINOS, REGULADO EN EL DECRETO 228/976" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/04/20/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/04/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/04/1978" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1978 
  ,"pagina" : 598 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión de la Cámara de la Industria Curtidora Uruguaya - Sector Cueros Lanares -, tendiente a obtener prórroga de la vigencia del decreto 228/976 de 29 de abril de 1976, prorrogado por los decretos 765/976, 331/977 y 616/977 de 19 de noviembre de 1976, 8 de junio y 1º de noviembre de 1977, respectivamente, por el cual se autorizó la importación en admisión temporaria de cueros ovinos en diversas formas de presentación.\r\n\r\n  Considerando: que es conveniente establecer disposiciones permanentes en\r\nla materia, similares a las establecidas para los cueros bovinos, por el\r\nartículo 1º del decreto 447/977 de 3 de agosto de 1977, de manera de\r\npermitir un abastecimiento adecuado de las industrias del sector.\r\n\r\n  De conformidad: con lo informado por la Asesoría Técnica Económica del\r\nMinisterio de Industria y Energía.\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/204-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Otórgase carácter permanente al régimen de importación en admisión\r\ntemporaria de cueros ovinos establecido por los artículos 1º, 2º, 3º del\r\ndecreto 228/976 de 29 de abril de 1976. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/204-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - LUIS H. MEYER - VALENTIN ARISMENDI - ESTANISLAO VALDES OTERO\r\n " 
 }