APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA. EJERCICIO 2013




Promulgación: 16/07/2013
Publicación: 24/07/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 101
Referencias a toda la norma

Artículo 27

 VIGENCIA DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O COMPLEMENTOS. Cuando se resuelva
abonar alguno de los complementos o beneficios sociales establecidos en
estas Normas, sin disponer su vigencia, se entenderá que su liquidación
corresponde desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la
Resolución.
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