APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA. EJERCICIO 2013




Promulgación: 16/07/2013
Publicación: 24/07/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 101
Referencias a toda la norma

Artículo 14

 PRIMA POR ANTIGÜEDAD. Se abonará a los funcionarios del Sistema
Escalafonario ANV una prima por antigüedad equivalente a un 2% (dos por
ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones por cada año de
actividad en la función pública. Para su cálculo se determinará la
antigüedad del funcionario al 1° de enero de cada año, realizándose el
cómputo por años civiles enteros.
A estos efectos, será deducido el período de tiempo utilizado por los
funcionarios en licencia sin goce de sueldo.
Se abonará a los funcionarios del Sistema Escalafonario Ley 18.125 una
prima por antigüedad cuyo valor asciende a partir del 1° de enero de 2013
a $ 200 (pesos uruguayos doscientos) a valores de enero de 2013 (numeral
11° del Acta de Acuerdo del 16 de mayo de 2012)
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