DECLARACION DE PROMOCION INDUSTRIAL. ACTIVIDAD DE TRANSPORTE AEREO DE BIENES Y PERSONAS DESARROLLADA POR PLUNA




Promulgación: 26/05/2003
Publicación: 03/06/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1161
Referencias a toda la norma
VISTO: la actividad de transporte aéreo de bienes y personas desarrollada 
por PLUNA Líneas Aéreas Uruguayas Sociedad Anónima.- 

RESULTANDO: que para la prestación de dichos servicios en condiciones de 
competencia internacional, esta empresa debe recurrir al arrendamiento de 
aeronaves con tecnología de avanzada.- 

CONSIDERANDO: conveniente otorgar en el marco de las disposiciones 
legales vigentes, aquellas exoneraciones que mejoren las condiciones de 
prestación de los referidos servicios.- 

ATENTO: a lo dispuesto por el inciso 2) del artículo 11º de la Ley Nº 
16.906, de 7 de enero de 1998.- 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                DECRETA:                                  

Artículo 1

 Declárase promovida al amparo de lo dispuesto por el inciso 2) del 
artículo 11º de la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad de 
arrendamiento, uso o cesión de uso de aeronaves, sin la provisión de 
tripulación, equipos o mantenimiento, a favor de PLUNA Líneas Aéreas 
Uruguayas Sociedad Anónima.

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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