El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la conveniencia de continuar emitiendo Títulos de Deuda Pública en pesos uruguayos (UYU) en el mercado local;
CONSIDERANDO: la demanda de tales valores en el mercado local, a distintos plazos;
ATENTO: a lo informado por la División Unidad de Gestión de Deuda del Ministerio de Economía y Finanzas y a lo dispuesto por los artículos 696 a 701 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y el artículo 587 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Dispónese la emisión de Notas de Tesorería por hasta la suma de UYU 18.600:000.000 (pesos uruguayos dieciocho mil seiscientos millones) de madurez de entre 2 (dos) y 5 (cinco) años de plazo; por los montos, condiciones, modalidades de integración y fechas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas.
La presente autorización tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.