DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ACTIVIDADES DOCENTES Y ESPECIALISTAS NO RESIDENTES




Promulgación: 21/07/2014
Publicación: 25/07/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 67
VISTO: el Decreto N° 494/007, de 17 de diciembre de 2007.

RESULTANDO: I) que la mencionada norma declara promovidas al amparo de lo
dispuesto por el inciso segundo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7
de enero de 1998, las actividades a desarrollar por docentes y
especialistas no residentes, destinadas a dictar cursos, conferencias o
seminarios de su especialidad, en instituciones públicas, excluidos los
Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio comercial e
industrial, y en universidades privadas debidamente habilitadas por el
Estado.

II) que asimismo exonera a los referidos docentes y especialistas no
residentes, de los Impuestos a las Rentas de los No Residentes y al Valor
Agregado correspondientes a dichas actividades.

III) que entre los principales objetivos de la Fundación Banco República
se encuentra el promover la educación y la cultura.

CONSIDERANDO: conveniente hacer extensivas la citada declaratoria así como
las referidas exoneraciones, a las actividades de capacitación y de
investigación a desarrollar por docentes y especialistas no residentes, en
la Fundación Banco República.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Decláranse comprendidas en lo dispuesto por el Decreto N° 494/007, de 17
de diciembre de 2007, las actividades a desarrollar por docentes y
especialistas no residentes, destinadas a dictar cursos, conferencias o
seminarios y a realizar tareas de investigación, siempre dentro de sus
fines, en la Fundación Banco República.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y archívese.

JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA
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