VISTO: La situación de determinados funcionarios del Ente Autónomo "Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea" (PLUNA).
RESULTANDO: I) que, se trata de funcionarios que se encuentran amparados
en el régimen especial creado por las Resoluciones del Poder Ejecutivo Nº
1076/99 de 23 de noviembre de 1999 y de "Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea" (PLUNA) Nº 13.683 de 25 de noviembre de 1999;
II) que, el referido régimen especial rigió hasta el 27 de junio de 2005
y fue prorrogado por Resolución del directorio del Ente Nº 14.838 de 1º
de junio de 2005 hasta el 27 de junio de 2007.
CONSIDERANDO: I) que, disponiendo el régimen original y su prórroga el derecho de los funcionarios a ser redistribuidos en el ámbito de la Administración Pública, y al amparo de las normas legales aplicables, corresponde al Poder Ejecutivo el dictado de las medidas pertinentes para su ejecución;
II) que, asimismo se considera conveniente extender dicha prórroga hasta
el 27 de junio de 2008.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo
168 numeral 4 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Extiéndese hasta el 27 de junio de 2008 el régimen especial de redistribución previsto por la Resolución del Poder Ejecutivo Nº 1076/99 de 23 de noviembre de 1999 y Resolución del Directorio de "Primeras
Líneas Uruguayas de Navegación Aérea" (PLUNA) Nº 13.683 de 25 de
noviembre de 1999.
Decláranse incluidos en dicho régimen los funcionarios cesados de PLUNA S.A. entre el 28 de junio de 2005 y la fecha del presente decreto, que cumplan con los requisitos exigidos en las resoluciones referidas en el artículo anterior.