{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "200" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS VIGENTES EN MATERIA DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. TOFUP" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1997/07/02/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/06/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/07/1997" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1997 
  ,"pagina" : 1578 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: el proyecto de \"Texto Ordenado de las normas legales y\r\nreglamentarias vigentes en materia de funcionarios públicos\", elevado por\r\nla Oficina Nacional del Servicio Civil;\r\n\r\nResultando: I) que el artículo 96 de la Ley de Presupuesto Nacional Nº\r\n16.736 de 5 de enero de 1996, cometió a dicha Oficina Nacional del\r\nServicio Civil, la elaboración del referido Texto Ordenado, así como su\r\nposterior actualización periódica;\r\n\r\n           II) que en cumplimiento de dicho cometido se ha elaborado\r\nel Proyecto de Texto Ordenado aludido, que se identifica con la sigla\r\n\"TOFUP\", estructurado en Libros, Títulos, Capítulos, Secciones y\r\nArtículos;\r\n\r\nConsiderando:  I) que a tales efectos se ha realizado una tarea de\r\nordenación, sistematización y actualización de la normativa vigente en la\r\nmateria, tomando en cuenta que la ley madre es el Estatuto del Funcionario\r\naprobado por el Decreto-Ley Nº 10.388 de 13 de febrero de 1943, modificado\r\ny complementado por diversas leyes posteriores;\r\n\r\n        II) que según la metodología de trabajo empleada, se hace\r\nconstar al pie de cada artículo, la fuente respectiva y el tipo de texto\r\nde que se trata, clasificándolo en función de las categorías siguientes:\r\n\r\n\"Texto ajustado\": cuando se ha introducido  un cambio de redacción, aún si\r\nconstituye una simple actualización de las denominaciones;\r\n\r\n\"Texto integrado\": cuando el mismo se ha nutrido de más de una fuente;\r\n\r\n\"Texto parcial\": cuando tiene por fuente una parte de un artículo;\r\n\r\n\"Texto nuevo\": cuando el mismo constituye una creación, basada en la\r\nnormativa vigente, pero que no se extrae directamente de ella;\r\n\r\n\"Remisión\": cuando se complementa el panorama normativo, remitiendo  a\r\notro sector del Texto Ordenado, también regulatorio del tema específico;\r\n\r\n            III) que en el marco de la Reforma del Estado se estima\r\nimprescindible la aprobación del cuerpo normativo de que se trata, en\r\ncuanto sistematiza las normas legales y reglamentarias en materia de\r\nfuncionarios públicos, constituyéndose en un verdadero código de la\r\nfunción pública;\r\n\r\nAtento: a lo expuesto y a lo informado por el Director de la Oficina\r\nNacional del Servicio Civil con fecha 12 de agosto de 1996;\r\n\r\n  EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/200-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase el Texto Ordenado de las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de funcionarios públicos adjunto que se considera parte integrante de este Decreto y que se identificará con la\r\nsigla \"TOFUP\". (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> Texto.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/200-1997/2" 
 ,"textoArticulo" : "               La Oficina Nacional del Servicio Civil realizará las\r\nactualizaciones periódicas que estime conveniente, dando cuenta al Poder\r\nEjecutivo a sus efectos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/200-1997/3" 
 ,"textoArticulo" : "               Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA -\r\nANTONIO GUERRA - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - MARIO CURBELO - RAUL\r\nBUSTOS - CARLOS GASPARRI - BENITO STERN - JUAN CHIRUCHI\r\n " 
 }