APROBACION DEL TEXTO ORDENADO DE LAS NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS VIGENTES EN MATERIA DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. TOFUP




Promulgación: 18/06/1997
Publicación: 02/07/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1578
Visto: el proyecto de "Texto Ordenado de las normas legales y
reglamentarias vigentes en materia de funcionarios públicos", elevado por
la Oficina Nacional del Servicio Civil;

Resultando: I) que el artículo 96 de la Ley de Presupuesto Nacional Nº
16.736 de 5 de enero de 1996, cometió a dicha Oficina Nacional del
Servicio Civil, la elaboración del referido Texto Ordenado, así como su
posterior actualización periódica;

           II) que en cumplimiento de dicho cometido se ha elaborado
el Proyecto de Texto Ordenado aludido, que se identifica con la sigla
"TOFUP", estructurado en Libros, Títulos, Capítulos, Secciones y
Artículos;

Considerando:  I) que a tales efectos se ha realizado una tarea de
ordenación, sistematización y actualización de la normativa vigente en la
materia, tomando en cuenta que la ley madre es el Estatuto del Funcionario
aprobado por el Decreto-Ley Nº 10.388 de 13 de febrero de 1943, modificado
y complementado por diversas leyes posteriores;

        II) que según la metodología de trabajo empleada, se hace
constar al pie de cada artículo, la fuente respectiva y el tipo de texto
de que se trata, clasificándolo en función de las categorías siguientes:

"Texto ajustado": cuando se ha introducido  un cambio de redacción, aún si
constituye una simple actualización de las denominaciones;

"Texto integrado": cuando el mismo se ha nutrido de más de una fuente;

"Texto parcial": cuando tiene por fuente una parte de un artículo;

"Texto nuevo": cuando el mismo constituye una creación, basada en la
normativa vigente, pero que no se extrae directamente de ella;

"Remisión": cuando se complementa el panorama normativo, remitiendo  a
otro sector del Texto Ordenado, también regulatorio del tema específico;

            III) que en el marco de la Reforma del Estado se estima
imprescindible la aprobación del cuerpo normativo de que se trata, en
cuanto sistematiza las normas legales y reglamentarias en materia de
funcionarios públicos, constituyéndose en un verdadero código de la
función pública;

Atento: a lo expuesto y a lo informado por el Director de la Oficina
Nacional del Servicio Civil con fecha 12 de agosto de 1996;

  EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA actuando en Consejo de Ministros

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Texto Ordenado de las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de funcionarios públicos adjunto que se considera parte integrante de este Decreto y que se identificará con la
sigla "TOFUP". (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

              La Oficina Nacional del Servicio Civil realizará las
actualizaciones periódicas que estime conveniente, dando cuenta al Poder
Ejecutivo a sus efectos.

Artículo 3

              Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA -
ANTONIO GUERRA - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - MARIO CURBELO - RAUL
BUSTOS - CARLOS GASPARRI - BENITO STERN - JUAN CHIRUCHI
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