{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "200" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE LA JURISDICCION DE LOS JUZGADOS DE YOUNG Y DE FRAY BENTOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/06/24/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/04/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/06/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 678 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: lo dispuesto por el artículo 3º del decreto del Poder Ejecutivo\r\n48/980, de 24 de enero de 1980.\r\n\r\n   Resultando: I) Que en el mismo se dispone que previa opinión de la\r\nCorte de Justicia, se fije la jurisdicción de los Juzgados Letrados de\r\nYoung y de Fray Bentos;\r\n\r\n   II) Que en consecuencia dicha corporación efectuó el estudio\r\ncorrespondiente, tomando en consideración especialmente el número de\r\nhabitantes de cada una de las Secciones Judiciales -como índice\r\ndeterminante del cúmulo de tareas de las mismas- y la extensión\r\nterritorial respectiva.\r\n\r\n   Considerando: que la solución propuesta es altamente beneficiosa por\r\ncuanto tiende a una adecuada racionalización de la Administración de\r\nJusticia.\r\n\r\n   Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Corte de\r\nJusticia y la Asesoría Letrada de la Dirección de Servicios\r\nJurisdiccionales del Ministerio de Justicia y a lo expuesto por el\r\nartículo 3º del decreto del Poder Ejecutivo 48/980, de 24 de enero de\r\n1980,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/200-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    El Juzgado Letrado de Fray Bentos tendrá jurisdicción sobre las\r\nsiguientes Secciones Judiciales: Primera de Fray Bentos, 2ª Nuevo Berlín y\r\n3ª San Javier, en tanto el Juzgado Letrado de Young le corresponderá\r\nejercerla sobre las Secciones 4ª y 5ª Young, 6ª Paso de la Cruz, 7ª Las\r\nFlores, 8ª Grecco, 9ª Estación Merinos, 10ª Sarandí de Navarro, 11ª\r\nBaygorria y 12ª Menafra.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/200-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La Corte de Justicia circulará el presente decreto entre las oficinas a\r\nsu cargo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/200-1980/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Publíquese, etc\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA\r\n " 
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