FIJACION DEL CREDITO FISCAL PARA LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA REFERIDO EN EL ART. 1° DE LA LEY 19.302




Promulgación: 20/01/2020
Publicación: 27/01/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   La Administración de los Servicios de Salud del Estado podrá incrementar a partir del 1° de enero de 2020 los valores de las cuotas de afiliaciones individuales, de convenios colectivos y de núcleo familiar, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos. Estos aumentos no podrán ser superiores a los que surjan de incrementar en hasta 7,21% (siete con veintiuno por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 201/019, de 8 de julio de 2019.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 12.
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