{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "20" 
  ,"anioNorma" : 2003 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE TARIFAS DE UTE. ENERO 2003" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2003/01/24/22" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/01/2003" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/01/2003" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2003 
  ,"pagina" : 116 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: el proyecto de tarifas de la Administración Nacional de Usinas y \r\nTrasmisiones Eléctricas, y el proyecto de tasas denominadas B aplicadas \r\npor la citada Administración por concepto de gestiones diversas de \r\ntrámite de servicios eléctricos;\r\n\r\nCONSIDERANDO: que de los asesoramientos recabados surge que procede \r\naprobar dichos cuadros de tarifas y tasas;\r\n\r\nATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/20-2003/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo \r\nde la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que se \r\ndetallan a continuación, así como las tasas B que regirán a partir del \r\ndía siguiente al de la fecha del presente Decreto: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/20-2003/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/20-2003/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/20-2003/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárase que hasta tanto entren en vigencia las tasas de conexión \r\naplicables a los solicitantes de nuevos suministros de energía eléctrica, \r\ny sea aprobado el Valor Agregado de Distribución Estándar (VADE), para el \r\ncálculo de la Contribución Total son de aplicación los criterios que \r\nestán contenidos en el Reglamento aprobado por decreto del Poder \r\nEjecutivo Nº 92/989 de 2 de marzo de 1989.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/20-2003/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/20-2003/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, Publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - JUAN BORDABERRY - ALEJANDRO ATCHUGARRY\r\n\r\n\r\n " 
 }