{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "20" 
  ,"anioNorma" : 1989 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/05/23/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/01/1989" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/05/1989" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1989 
  ,"pagina" : 72 
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  ,"vistos" : "     Visto: los análisis realizados por la Comisión Asesora creada por el\r\nartículo 9 del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983.\r\n\r\n    Considerando: I) Que de los mismos surge la conveniencia de fijar\r\nPrecios Mínimos de Exportación, de carácter definitivo, para la\r\nimportación de papeles, cartulinas y cartones, por el plazo de un año a\r\npartir del vencimiento de los precios provisionales establecidos en el\r\nnumeral 1 de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de fecha\r\n7 de octubre de 1988;\r\n\r\nII) Que resulta asimismo procedente fijar con carácter definitivo, por el\r\nperíodo de su vigencia, los Precios Mínimos de Exportación que con\r\ncarácter provisional fijó para dichos productos la norma citada\r\nprecedentemente.\r\n\r\n    Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y\r\n141/984 de 10 de abril de 1984,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/20-1989/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase por un período de un año a partir del vencimiento de los Precios\r\nMínimos de Exportación, de carácter provisional, establecidos por el\r\nnumeral 1 de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 7 de\r\noctubre de 1988, los siguientes Precios Mínimos de Exportación, de\r\ncarácter definitivo, para los productos que se detallan:\r\n\r\nITEM NADI       PRODUCTO                      PRECIO MINIMO DE EXPORTACION\r\n\r\n48.01.02.07   Papel obra                            U$S 720,00 la ton. CIF\r\n48.01.02.41   Papel offset                          U$S 756,00  \"  \"    \"\r\n48.01.02.47   Papel medio hilo                      U$S 756,00  \"  \"    \"\r\n48.01.11.05   Cartulina y cartón duplex             U$S 645,00  \"  \"    \"\r\n48.04.01.00   Cartulina y cartones forrados         U$S 645,00  \"  \"    \"\r\n48.07.01.31   Cartulina y cartón cromo              U$S 730,00  \"  \"    \"\r\n48.01.11.99   Cartulinas incluídas en el ítem NADI  U$S 645,00  \"  \"    \"\r\n48.04.89.99   Cartulinas incluídas en el ítem NADI  U$S 645,00  \"  \"    \"\r\n48.07.01.99   Cartulinas incluídas en el ítem NADI  U$S 730,00  \"  \"    \".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/20-1989/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase como Precios Mínimos de Exportación definitivos, por el período\r\nen que rigieron los provisionales establecidos en el numeral 1 de la\r\nresolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 7 de octubre de 1988,\r\nlos consagrados en dicha resolución.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/20-1989/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de la Capital, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - JORGE PRESNO HARAN - PEDRO BONINO\r\nGARMENDIA\r\n " 
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