NORMATIVA SOBRE APLICACION DEL ACUERDO SOBRE SALVAGUARDIAS. RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES




Promulgación: 08/01/1999
Publicación: 18/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 16
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 91

Los procedimientos previstos en este reglamento serán escritos, y en las
audiencias se labrarán actas. Asimismo, será obligatoria la utilización
del idioma español y la traducción, por traductor público, de los
documentos en otro idioma.-
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