{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "199" 
  ,"anioNorma" : 2026 
  ,"nombreNorma" : "REVOCACION DEL DECRETO 96/024, RESTABLECIENDOSE LA VIGENCIA DE LOS DECRETOS QUE SE MENCIONAN, DISPONIENDOSE AJUSTES EN LA NORMATIVA, PARA MANTENER LA COHERENCIA DEL ORDENAMIENTO JURIDICO VIGENTE EN MATERIA DE IDENTIDAD, CALIDAD Y ADITIVOS DE PRODUCTOS LACTEOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2026/08/28/33" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/08/2026" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/08/2026" 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto en el Decreto N° 96/024, de 4 de abril de 2024, mediante el cual se incorporaron al ordenamiento jurídico nacional las Resoluciones GMC N° 14/2023 y N° 15/2023 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que la experiencia recogida en la aplicación del mismo hace necesaria la realización de ajustes que permitan mantener la coherencia del ordenamiento jurídico vigente en materia de identidad, calidad y aditivos de productos lácteos;\r\n\r\n   II) que debe asegurarse la compatibilidad de la normativa interna con las prácticas y recomendaciones dispuestas en el ámbito del MERCOSUR;\r\n\r\n   III) que en ocasión de la adopción de las Resoluciones referidas del GMC del Mercosur mediante el Decreto N° 96/024, de 4 de abril de 2024, se dispuso la derogación de diversos decretos que oportunamente habían incorporado Resoluciones del Grupo Mercado Común del Mercosur al Reglamento Bromatológico Nacional, circunstancia que torna necesario adoptar las medidas pertinentes para asegurar la adecuada sistematización y armonización del marco normativo vigente;\r\n\r\n   IV) que corresponde reincorporar al ordenamiento nacional las Resoluciones GMC referidas, de forma clara y precisa, acorde a los compromisos asumidos en el ámbito del MERCOSUR;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que debe sustituirse íntegramente el Decreto N° 96/024, de 4 de abril de 2024, con el fin de otorgar y garantizar mayor seguridad jurídica, evitando interpretaciones divergentes;\r\n\r\n   II) que corresponde restablecer la vigencia de los decretos derogados en el artículo 3° del Decreto N° 96/024, de 4 de abril de 2024, de forma de mantener la plena validez de las referencias técnicas contenidas en los mismos;\r\n\r\n   III) que en consecuencia, resulta necesario actualizar la normativa nacional a los estándares internacionales y regionales, incorporando las mejores prácticas y recomendaciones dispuestas en el ámbito del MERCOSUR;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto precedentemente y lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República, la Ley Orgánica del Ministerio de Salud Pública N° 9.202, de 12 de enero de 1934, el Decreto N° 96/024 de fecha 4 de abril de 2024, normas concordantes y complementarias;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/199-2026/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Revócase el Decreto N° 96/024, de 4 de abril de 2024, restableciéndose la vigencia de los Decretos N° 163/009, de 30 de marzo de 2009, 393/011, de 14 de noviembre de 2011, 204/011, de 6 de junio de 2011, 173/011, de 16 de mayo de 2011, 202/011, de 6 de junio de 2011, 195/011, de 31 de mayo de 2011, 121/012 de 16 de abril de 2012, 347/011, de 28 de setiembre de 2011, 196/011, de 31 de mayo de 2011, 122/012, de 16 de abril de 2012, 194/011, de 31 de mayo de 2011, 330/999, de 19 de octubre de 1999, 328/999, de 19 de octubre de 1999, 331/999, de 19 de octubre de 1999 y 328/018, de 15 de octubre de 2018.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/199-2026/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Adóptanse, a partir del 4 de abril de 2024, las Resoluciones GMC 014/2023 y 015/2023 del MERCOSUR, por las que se aprueban el \"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre uso de almidones en quesos de muy alta humedad\" y el \"Reglamento Técnico MERCOSUR de Asignación de Aditivos Alimentarios y Coadyuvantes de Tecnología para la Categoría de Alimentos 1. Productos Lácteos, subcategorías Leche en Polvo y Crema en Polvo, Leches Fermentadas y Quesos\" (modificación de las Resoluciones GMC N° 79/ 94, 29/96, 30/96, 31/96, 32/96, 34/96, 42/96, 78/96, 81/96, 82/96, 83/96, 134/96, 136/96, 145/96, 01/97, 47/97, 48/97 y 07/18), respectivamente. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/199-2026/2\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/199-2026/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpóranse al Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto N° 315/994, de 5 de julio de 1994), las referidas Resoluciones N° 014/2023 y 015/2023 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/199-2026/3\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/199-2026/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese. Cumplido, archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    YAMANDÚ ORSI - CRISTINA LUSTEMBERG - MARIO LUBETKIN - GABRIEL ODDONE - FERNANDA CARDONA - ALFREDO FRATTI " 
 }